miércoles, 19 de diciembre de 2012

PARA EMPEZAR A TRABAJAR LA CONCILIACIÓN

 Ésta es la propuesta de conciliación que CGT-FDM ha presentado en la última reunión del  CE-Empresa a todo el mundo. La colgamos aquí para que todo el mundo pueda aportar si quiere algo más. Es una propuesta inicial que comprende varios aspectos y formas de poder abordar el tema y que recoge otras propuestas que no se han llegado a aprobar anteriormente. Es un poco largo pero vale la pena leerlo.

        PROPUESTA DE CGT-FDM DE                  
        CONCILIACIÓN DE LA VIDA    
                        FAMILIAR


1.- INTRODUCCIÓN

          La conciliación de la vida familiar y laboral es uno de esos objetivos razonables de la política entendida como actividad humana que tiene como objetivo dirigir la acción del Estado en beneficio de la sociedad. Se pretende que los y las trabajadoras con responsabilidades familiares puedan atender a estas sin dejar de aportar su capacidad de trabajo a la sociedad. 
 
El concepto conciliación trabajo-familia se ha entendido de múltiples y diversas maneras. Conciliación, en sentido estricto, se refiere a la compatibilización de los tiempos dedicados a la familia y al trabajo. Pero en un sentido amplio, hace referencia al desarrollo pleno de las personas en el ámbito del trabajo, afectivo, familiar, personal, de ocio, estudio e investigación, y a disponer de tiempo para uno mismo. Conciliar, significa, por tanto, mantener el equilibrio en las diferentes dimensiones de la vida con el fin de mejorar el bienestar, la salud y la capacidad de trabajo personal.
Conciliación en un sentido amplio, hace referencia al conjunto de medidas tendentes a paliar las dificultades que, la dicotomía entre la vida laboral, y la vida personal y familiar presenta.  Es un tema que no se agota en el cuidado de menores, personas mayores, enfermas o con discapacidad, porque la persona realiza su vida de diversas formas y no sólo en familia. La conciliación hace referencia a la posibilidad de gestión del propio tiempo, (como es el caso de los autónomos), y la del trabajador. De ahí que hablar de conciliar supone enfrentarnos a un problema, no sólo de cantidad de tiempo, sino también la forma de distribuir el tiempo.

En el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, se establece que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en la forma que se determine en la legislación laboral.

En el caso de la FDM, al tener menos de 250 personas trabajando, no es obligatoria la elaboración de un plan de igualdad, pero aun así, sí se pueden establecer medidas encaminadas a mejorar la conciliación familiar ya que en un porcentaje muy alto de las situaciones  las responsabilidades  recaen sobre las mujeres.


2.- LA CONCILIACIÓN FAMILIAR EN LA FDM.

Desde la negociación del convenio colectivo de la FDM, la cual culminó con la firma de éste el 13 de julio de 2012, se han producido una serie de acontecimientos que han supuesto una merma considerable en las condiciones laborales que existían previas al Real Decreto-ley 20/2012. En dicho texto, se ha producido una reducción tanto a nivel salarial como de disponibilidad de días de vacaciones, de libre disposición e incluso recortes en las percepciones económicas en situaciones de ILT que son del todo injustas y excesivas a nuestro modo de ver y que han producido un gran cambio en las condiciones  de vida de las personas que trabajamos en la FDM.
            La negociación asimismo se llevó a cabo en el actual contexto de crisis económica y reducción de derechos, como no podía ser de otra manera, con lo cual una vez más se han relegado a un segundo o tercer plano otra serie de medidas importantes para la cotidianidad de las personas como son las necesidades de conciliación familiar.
            En este mismo convenio se recoge en su artículo 15.13 el compromiso de la FDM a negociar con el Comité de Empresa las fórmulas de conciliación unidas a la flexibilidad horaria en los polideportivos.
            Hasta ahora la realidad que se vive en los polideportivos de la FDM en cuanto a las necesidades de conciliación (dado que en el personal de oficinas existen otras posibilidades en los horarios de trabajo), es que el personal se puede acoger a las siguientes opciones:
            1.- Artículo 12.9 donde se regulan las permutas de turno.
            Esta medida consideramos que no siempre es suficiente dado que depende de la voluntad o disponibilidad de otras personas de la instalación para que sea efectiva. No siempre se dan las circunstancias para que se pueda hacer uso de una manera continuada por parte del personal con cargas familiares.
            2.- Artículo 46.3 donde se recoge la posibilidad de permutar de jornada con personal de fin de semana.
            Esta opción, aun valorando muy positivamente que se encuentre recogida en convenio, consideramos que no es válida para un porcentaje muy alto del personal con necesidades de conciliación dado que la reducción del salario de jornada completa al 40% del salario de jornada parcial y con la situación de crisis y necesidad en la que nos encontramos no puede ser utilizada por la mayoría de las personas que necesitan  de la conciliación.
            3.- El resto de posibilidades del convenio que se podrían utilizar para las situaciones de conciliación, como son las excedencias, reducciones de jornada, permisos no retribuidos, días de libre disposición (que han quedado reducidos a la mínima expresión tras el decreto 20/2012), etc, suponen una reducción o ausencia de salario según el caso lo cual hace que estas opciones no sean en la práctica válidas para conciliar vida laboral y vida familiar.
            Recogiendo y valorando las diferentes opciones que aparecen en convenio como herramientas válidas aunque no suficientes, pensamos que se pueden crear mecanismos de conciliación dentro de la empresa que favorezcan y solucionen un porcentaje alto de las necesidades de conciliación que se pueden presentar.
            Hay que añadir que estos mecanismos que se proponen no suponen un aumento del coste económico y sí supondría un gran aumento del bienestar del personal que repercutiría en el día a día  de la instalación.

3.- PROPUESTAS DE CONCILIACIÓN FAMILIAR EN LA FDM.
            A continuación describiremos las propuestas que desde CGT-FDM hemos elaborado teniendo en cuenta la idiosincrasia del trabajo en las instalaciones deportivas así como las diferentes plantillas que existen en la actualidad.
            Estas propuestas que se presentan están totalmente abiertas a cualquier aportación tanto desde la propia FDM, como el Comité de Empresa como cualquier persona a nivel individual que quiera participar.
            Primero se describirán los diferentes supuestos que se han contemplado para la aplicación  de estas medidas y después se describirán las diferentes fórmulas de conciliación que se recogen.

A)      SITUACIONES O SUPUESTOS DONDE APLICAR LA CONCILIACIÓN.
            Se definen cuatro situaciones tipo para la conciliación de la vida familiar, siendo susceptible de ampliarse siempre que se estime oportuno con acuerdo de la parte social y la empresa. Las situaciones definidas a continuación suponen un orden de prioridad a la hora de valorarlas para la concesión de los beneficios de conciliación.
1º FAMILIAS MONOPARENTALES/MONOMATERNALES CON HIJOS/AS MENORES DE 12 AÑOS A  SU CARGO.
2º PERSONAS SEPARADAS/DIVORCIADAS CON HIJOS/AS MENORES DE 12 AÑOS, BIEN CON CUSTODIA COMPARTIDA O EN CONVENIO REGULADOR.
3º PAREJAS CASADAS/DE HECHO CON HIJOS/AS MENORES DE 12 AÑOS.
4º PERSONAS CON FAMILIARES DEPENDIENTES.

B)     FLEXIBILIDAD HORARIA.
Ø  Posibilidad de flexibilizar el horario de trabajo en hasta 2 horas de su entrada habitual. En el caso del turno de mañanas (de 8 a 15), se podrá entrar hasta las 10h y salir hasta las 17h. En el caso del turno de tardes, si no existe turno especial, se podrá retrasar la entrada hasta 2 horas igualmente recuperando dichas horas en otras jornadas en la que se podrá entrar una hora antes. En el caso de no poder realizarse mediante este mecanismo, se podrá hacer uso de una BOLSA DE HORAS, cuyo sistema procedemos a explicar.
BOLSA DE HORAS: estará constituida por un total de 100 horas al año por trabajador/a, en el caso del personal de fin de semana, de 40 h/año. Este sistema se propone para salvar las posibles situaciones que puedan surgir por necesidades del servicio en el que la jornada laboral no se pudiera completar el mismo día cuando se hace uso de la flexibilidad horaria.  Se podrá hacer uso únicamente de dicha bolsa en los casos que estén debidamente justificados para  conciliación familiar. En el caso de la instalación que posea turno especial de noches, se podrá recuperar dichas horas (máx. 2 al día).

C)     FLEXIBILIDAD DE LOS TURNOS DE TRABAJO.

Ø  Tendrán prioridad para elegir turnos especiales las personas que se encuentren en algunas de las situaciones anteriores.
Ø  La conciliación de turnos se intentará realizar en la propia instalación, si no es posible, se podrá recurrir a la movilidad entre instalaciones en función de las diferentes necesidades de cada una.
Ø  En las situaciones contempladas en los supuestos nº 1 y nº2, donde exista un convenio regulador que defina los tiempos de cuidado de hijos/as, se podrá programar las tareas de la instalación mensual o quincenalmente para adecuar la flexibilidad de turno del personal a las necesidades de la instalación y así poder variar el turno sin que exista un perjuicio del servicio.

D)     TURNOS ESPECIALES

Ø  Cualquiera de los supuestos definidos inicialmente se valorarán y priorizarán a la hora de baremar los turnos especiales en una instalación siempre que existan distintas solicitudes para ello. Los turnos se renovarán anualmente y supondrán tanto un compromiso por parte del trabajador como por parte de la empresa.
Ø  La COMISIÓN DE CONCILIACIÓN  se reunirá siempre que se estime oportuno o lo solicite cualquier trabajador/a afectado/a, o bien cualquiera de los constituyentes de la misma y en todo caso una vez cada tres meses para evaluar el funcionamiento de las medidas adoptadas.

E)      PUESTOS ASOCIACIOS A CONCILIACIÓN FAMILIAR EN LAS INSTALACIONES.
Ø  En todas las instalaciones se reservará al menos un puesto asociado a necesidades de conciliación familiar que será preferentemente en turnos de mañana o turnos especiales. Estos puestos se ofrecerán al personal de la propia instalación si estuvieran en alguna de los supuestos de conciliación o se podrán ofrecer al personal de otras instalaciones. En ese caso, se tramitaría mediante permuta entre trabajadores preferentemente y si no, la Comisión de Conciliación podrá estudiar mecanismos  alternativos para integrar las necesidades que surjan en este tema (por ejemplo convocando concurso de traslados para los puestos asociados a conciliación).
Ø  En las instalaciones en las que exista suficiente personal, es decir, en aquellas que tengan más de tres trabajadores por turno, se podrán asociar más de un puesto a conciliación o estudiar la creación de turnos especiales de mañanas o tardes para intentar cubrir todas las necesidades concurrentes, tanto las del personal como la de la instalación.

F)      SOLICITUD DE DÍAS DE LICENCIA SIN RETRIBUCIÓN

Ø  En las situaciones del personal de fin de semana donde no se puedan solucionar los problemas de conciliación de otra forma, se podrán solicitar licencias sin retribución de días sueltos siempre y cuando se avise con al menos una semana de antelación del día solicitado.

G)    CRITERIOS Y COMISIÓN DE CONCILIACIÓN

Ø  Se formará una COMISIÓN DE CONCILIACIÓN formada por un representante de cada sección sindical y un representante de la empresa pudiendo asistir únicamente en calidad de asesor/a  el/la directora/a de la instalación en la cual se plantee la necesidad.
Ø  Las demandas de conciliación se atenderán todas en la medida de lo posible y en el caso de ser varias coincidentes en la misma instalación, se intentará coordinar- compartir entre el personal de ésta teniendo siempre en cuenta el resultado de la baremación de los supuestos o bien se podrán solucionar con los mecanismos de movilidad de personal que se regulen.


4.- A MODO DE CONCLUSIÓN.

      La conciliación familiar es un tema que nos atañe a todas las personas en un momento u otro de nuestras vidas. Posibilitar herramientas dentro de un entorno en el que se pasa un tercio de nuestro día a día puede suponer un gran cambio para muchas personas con relativamente un pequeño esfuerzo por parte de las personas implicadas.
      En las instalaciones de la FDM trabajan actualmente un total de 166 personas. De ellas, la mayoría tiene resueltas las necesidades de conciliación de una u otra forma, aunque a veces no sean las más deseables. Creemos que el porcentaje de personas que pueden hacer uso de estas medidas son entorno al 10-12% del personal de polideportivos con lo cual pensamos que es totalmente viable  trabajar en estas propuestas sin que suponga un gran cambio en el día a día de las instalaciones.

      Reiteramos que todas estas propuestas están abiertas a debate y discusión por parte de cualquier persona y deseamos que la finalidad de éstas, que es solucionar una realidad del personal de la FDM, se cumpla en un margen prudencial de tiempo.










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