Éstas son las bases que se están tramitando para la promoción interna de los puestos de Ayudante de Mantenimiento de jardinería y de electricistas. Suponemos que en breve se publicarán y comenzarán los plazos de solicitud. Informaremos cuando ésto se produzca, mientras tanto, ya podéis ir estudiando.
BASES QUE REGIRAN LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISION
EN PROPIEDAD, MEDIANTE PROMOCION INTERNA Y POR CONCURSOOPOSICION,
DE 3 PUESTOS DE TRABAJO VACANTES DE AYUDANTE DE
MANTENIMIENTO DE ESTA FDM.
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
1.1.- Es objeto de las presentes bases, la provisión en propiedad de tres puestos de
ayudante de mantenimiento, grupo C2, vacantes en la plantilla de la Fundación
Deportiva Municipal (FDM) con la siguiente denominación:
a) Dos puestos de Ayudante de mantenimiento electricista, identificados
respectivamente con el nº 81 y 231 de la relación de puestos de trabajo
(RPT).
b) Un puesto de Ayudante de mantenimiento jardinero, con el nº 112 de la RPT.
Los puestos convocados se cubrirán mediante el sistema de concurso-oposición,
por promoción interna horizontal entre trabajadores de plantilla de la misma categoría
profesional, auxiliares de servicio a jornada completa o a tiempo parcial que sean fijos
de plantilla en la FDM.
1.2.- Las funciones o cometidos del puesto están definidos en el manual de funciones
aprobado por convenio colectivo, así como la jornada que para los ayudantes de
electricista se prevé en el art. 12.5 y para el ayudante de jardinería se establece en el art.
12. 6.
1.3. Las retribuciones básicas y complementarias de los puestos convocados serán las
establecidas en el convenio salvo las limitaciones o restricciones salariales impuestas
por norma de rango superior. Todo ello sin perjuicio de las compensaciones previstas
en el art. 29.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Para ser admitido a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
- Ser empleado fijo de plantilla o indefinido de la FDM en la categoría de
auxiliar de servicio de polideportivo.
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las
correspondientes funciones.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
- No estar incurso en ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad, según
la legislación vigente.
- Estar en posesión y en vigor del permiso de conducción de la clase B.
- Cumplir con todos los requisitos que se establezcan en el vigente Convenio
Colectivo.
TERCERO.- PUBLICACION DE LAS PRESENTES BASES Y PRESENTACION
DE INSTANCIAS:
Las presentes Bases se aprobarán mediante Resolución de la Presidenciadelegada
y se publicarán en el BOP y en los tablones de anuncios de la FDM;
publicándose un extracto de las mismas en el DOGV donde se efectuará, asimismo, la
convocatoria.
Las instancias, a cada plaza convocada, solicitando tomar parte en las pruebas
selectivas, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de
los requisitos y condiciones que se exigen en la base segunda, se cumplimentarán según
el modelo oficial incluido en el anexo, y se dirigirán al Presidente de la FDM, y se
presentarán en el Registro General de entrada, durante el plazo de veinte días hábiles,
contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicada la convocatoria en el
DOGV lo que se anunciará igualmente en los tablones de anuncios de todos los centros
de trabajo de la FDM, así como en la intranet municipal.
Las instancias también podrán presentarse en alguna de las formas determinadas
por el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de R.J.A.P. y P.A.C.
La instancia deberá ir acompañada, en sobre cerrado, de la documentación
acreditativa de aquellos méritos que no obren en el expediente personal de los
interesados y que deban valorarse en la fase del concurso, se presentarán en original o
fotocopia compulsada y vendrán referidos a la fecha de terminación para la presentación
de las mismas.
CUARTA. ADMISION DE LOS ASPIRANTES.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la FDM
dictará resolución declarando aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos,
que se hará pública en los Tablones de anuncios de todos los centros de trabajo e
intranet de la FDM, concediéndose un plazo de diez días hábiles a los efectos de
reclamaciones. Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la
resolución que se aprueba la lista definitiva que será hecha pública, asimismo, en la
forma indicada. Dicha resolución indicará la fecha, lugar y hora de comienzo del primer
ejercicio, así como la relación nominal de los miembros del Tribunal con una antelación
mínima de un mes a la fecha de comienzo de las pruebas.
QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
Estará constituido del siguiente modo:
PRESIDENTE: La Dirección Gerencia de la FDM como titular; actuando en
su sustitución un Jefe de Servicio de la FDM como suplente.
SECRETARIO: Un Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Valencia como
titular, actuando la Secretaría Delegada de la FDM como suplente. El
Secretario actuará además como vocal.
VOCALES:
- Un Jefe de Servicio como titular y un Jefe de Sección como suplente.
- Un Jefe de Sección como titular y un Jefe de Sección como suplente.
- Un técnico titular y otro suplente, designados por el Excmo. Ayuntamiento
de Valencia.
La designación de los miembros del tribunal se efectuará mediante Resolución
de Presidencia-Delegada. Se nombrará y constituirá un tribunal diferente para cada tipo
de puesto de ayudante de mantenimiento, integrándose en cada tribunal al personal
técnico especializado. El nombramiento de los miembros del tribunal, incluirá el de sus
respectivos suplentes y se hará pública en el tablón de anuncios de la Corporación.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, sin la asistencia de la mitad más
uno de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente.
6. FASE PRELIMINAR DE APTITUD FISICA.
Los aspirantes, con carácter previo a la realización de las pruebas del concursooposición,
serán citados por orden alfabético para realizar un examen de aptitud física
en el servicio ajeno de prevención de riesgos laborales (SPA) de la FDM. Consistirá en
la realización de las pruebas diagnósticas y analíticas cuyo resultado determinará la
aptitud del candidato para el desempeño del puesto. La declaración de no apto implicará
la exclusión definitiva del aspirante, quien no será convocado a la realización de las
pruebas del concurso-oposición.
7. EJERCICIOS DEL CONCURSO-OPOSICION:
7.1 Fase de oposición: La oposición constará de dos ejercicios de carácter obligatorio y
eliminatorio que se puntuarán de 0 a 10 puntos cada uno, siendo la nota final la media
aritmética de ambos.
- Primer ejercicio escrito (obligatorio y eliminatorio): Consistirá en
cumplimentar un cuestionario de 25 preguntas, tipo test, con respuestas
alternativas sobre el contenido del programa anexo a esta convocatoria. La
fórmula de corrección se determinará por el tribunal y será comunicada a los
opositores antes de la realización del ejercicio.
- Segundo ejercicio práctico (obligatorio y eliminatorio): Consistirá en
efectuar dos pruebas prácticas que determinará el tribunal sobre cometidos
o trabajos propios del puesto. La duración de cada práctica será de un
máximo de 30 minutos y entre una y otra prueba habrán al menos 10 minutos
de descanso. Cada prueba se puntuará de 0 a 10 puntos y el resultado del
ejercicio estará constituido por la suma aritmética de ambas pruebas; siendo
necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar la misma.
7.2. Fase de concurso: En esta fase se valorarán los méritos aportados durante el plazo
de presentación de instancias bien mediante la aportación de original o fotocopia
compulsada de los mismos. El Tribunal procederá a una valoración de dichos méritos en
sesión reservada sin perjuicio de efectuar un llamamiento a los aspirantes, por orden
alfabético, con objeto de poder solicitar las aclaraciones que procedan respecto de los
méritos aportados o posibilitar su defensa por parte de los interesados.
El Tribunal puntuará los méritos conforme al siguiente baremo:
1) Antigüedad en la FDM: Se valorarán, hasta un máximo de cuatro (4) puntos, a razón
de 0'25 puntos por cada año completo de servicios en la FDM. Se computarán los
servicios prestados en la Administración, que se hayan reconocido en la FDM conforme
al vigente convenio. Puntuándose los periodos inferiores al año de forma proporcional.
2) Experiencia: Se valorará hasta un máximo de tres (3) puntos, por la experiencia en
puestos de trabajo relacionados con las funciones del puesto convocado, a razón de 0’25
puntos por año trabajado como empleado fijo de plantilla en puestos de similares
funciones e igual o superior categoría en cualquier Administración Pública. Y a razón
de 0’20 puntos por año trabajado como empleado fijo de plantilla, en puestos de
similares funciones e igual o superior categoría en la empresa privada. No computarán
los servicios prestados simultáneamente al tiempo trabajado en la FDM, respecto de los
que no existiera autorización de la Junta Rectora para la realizar una segunda actividad.
En todos los casos se puntuarán los periodos inferiores al año de forma
proporcional.
3) Titulaciones: Hasta un máximo de tres (3) puntos, se valorarán:
A) Aquellas que guarden relación con las funciones de las plazas convocadas y
se acrediten mediante la aportación del título o diploma expedido por Centros
reconocidos Oficialmente.
Se otorgará 1,5 puntos por títulos o diplomas acreditativos de conocimientos
vinculados con el puesto a cubrir, como FP1 o módulos experimentales Nivel II,
o equivalentes siempre que estén vinculados a las funciones de cada uno de los
puestos convocados. Y con 3 puntos por titulaciones superiores a estas y que
guarden relación con las funciones del puesto ofrecido.
B) Aquellas titulaciones académicas distintas de las anteriores, se valorarán a
razón de 0,5 puntos por Bachiller Superior, F.P. II o equivalente; 0,75 puntos
por Diplomatura o equivalente y 1 punto por Licenciatura, Grado o equivalente.
4) Cursos: Se valorarán hasta un máximo de 2,5 puntos, con arreglo a los siguientes
criterios:
A) Aquellos cursos de perfeccionamiento o formación que guarden relación con
las funciones a desempeñar y que hayan sido organizados por organismos o
entidades públicas, escuelas de formación de empleados públicos, universidades,
escuelas universitarias centros homologados o cualesquiera otros que impartan
formación oficial u homologada por el IVAP o la Consellería de Educación.
Cursos de más de 50 horas: 1 punto.
Cursos de entre 25 y 50 horas: 0'50 puntos.
Cursos de hasta 25 horas: 0'20 puntos.
No se considerarán como mérito los cursos específicos de la materia, ofertados o
promovidos desde la FDM y a los que no hayan podido optar todo el personal de
plantilla.
B) Por otros cursos que haya realizado el trabajador distintos de los anteriores:
Cursos de más de 50 horas: 0’50 punto.
Cursos de entre 25 y 50 horas: 0'25 puntos.
Cursos de hasta 25 horas: 0'10 puntos.
5) Conocimiento del Valenciano: Conforme a lo previsto en Ley 4/1983, de 23 de
noviembre, de uso y enseñanza del valenciano se valorará su conocimiento acreditando
el certificado expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià o título
homologado conforme a la Orden de 16/08/1994, modificada por la Orden de
22/12/1995 de la Consellería de Educación y Ciencia sobre certificación de las
certificaciones del Valenciano:
Nivel Superior: 1’50 puntos
Nivel Mitjà: 1’25 puntos.
Nivel Elemental: 1’00 puntos.
Nivel Oral: 0’50 puntos.
6) Titulaciones y meritos deportivos: de conformidad con lo establecido en el convenio
colectivo, la posesión de titulación deportiva se valorará hasta un máximo de 2 puntos,
siempre que no se hayan valorado en los apartados anteriores y con la siguiente
puntuación:
- Meritos deportivos: se valorará 0,50 puntos por ser deportista de elite.
- Titulaciones deportivas: se valorará 1 punto por titulaciones oficiales y
federativas y 0,50 por titulaciones impartidas por entidades privadas y
asociaciones.
El tribunal sumará a cada aspirante la calificación que ha obtenido en cada uno
de los diferentes apartados de la fase de concurso para obtener la calificación final de
esta fase. La puntuación obtenida en esta fase de concurso se sumará a la calificación
obtenida en la fase de oposición para determinar la nota definitiva del aspirante en el
procedimiento.
SEXTA. DESARROLLO DEL CONCURSO-OPOSICION.
6.1. Para establecer el orden en que habrán de actuar los aspirantes en aquellos
ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, será el alfabético.
6.2. Las pruebas se celebrarán en el lugar, fecha y hora indicado en la publicación de la
lista definitiva de admitidos. Las posibles variaciones en alguna de estas circunstancias
únicamente podrán deberse a causas de fuerza mayor, previa deliberación del tribunal, y
siempre que no sea posible su celebración con las debidas garantías para los aspirantes.
6.3. Cualquier variación introducida en la convocatoria inicial, o en cualquiera de las
demás convocatorias, deberá ser motivada. Los aspirantes deberán observar en todo
momento las instrucciones del tribunal en orden al adecuado desarrollo de las pruebas.
Cualquier alteración del orden normal de las pruebas por parte de algún aspirante
quedará reflejada en el acta, pudiendo continuar dicho aspirante el desarrollo del
ejercicio con carácter condicional hasta tanto resuelva el tribunal sobre el incidente.
6.4. Los aspirantes quedarán decaídos en su derecho cuando se personen en el lugar de
celebración en el momento que se hayan iniciado las pruebas o por la inasistencia a las
mismas, sin perjuicio de que el tribunal, examinadas las causas, pueda apreciarlas y
admitir al aspirante, siempre y cuando las pruebas no hubieren finalizado y dicha
admisión no menoscabe el principio de igualdad con el resto del personal.
6.5. Por el secretario del tribunal se formalizará acta de cada una de las sesiones del
tribunal que se incorporará al expediente iniciado con ocasión del procedimiento
selectivo.
6.6. Los resultados de cada uno de los ejercicios, los sucesivos llamamientos y
convocatorias y cualquier decisión que adopte el tribunal de selección, se expondrán en
el tablón de edictos del edificio principal de la FDM y simultáneamente en la intranet,
bastando dicha exposición como notificación a todos los efectos.
6.7. El llamamiento para la sesión siguiente de un mismo ejercicio deberá realizarse con
un plazo mínimo de antelación de doce horas, mientras que la convocatoria para un
ejercicio distinto deberá respetar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas. Dichos
plazos podrán reducirse o eliminarse por acuerdo unánime de los aspirantes, que deberá
hacerse constar en el expediente.
6.8. Con el resultado del último ejercicio, el tribunal de selección expondrá al público la
relación definitiva de aspirantes aprobados por el orden de puntuación, que en ninguna
circunstancia podrá ser superior al de plazas convocadas. Asimismo confeccionará la
propuesta de nombramiento a la Presidencia delegada de la FDM.
SEPTIMA: CREACIÓN DE LA BOLSA DE TRABAJO DE AYUDANTES DE
MANTENIMIENTO.
La relación de aspirantes que no hayan sido objeto de nombramiento serán
propuestos por el Tribunal para constituir una Bolsa de ayudantes de mantenimiento de electricistas y otra de jardinería. Las normas de dichas bolsas serán las que estuvieran
vigentes en la FDM.
Quedarán excluidos de la bolsa los aspirantes que no hayan superado todas las
pruebas de la fase de oposición.
En la Resolución de Presidencia por la que se aprueben las Bolsas de Trabajo, se
abrirá un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la lista
e bolsa, para formular reclamaciones y subsanar los posibles errores. Finalizado el plazo
y subsanados los errores, se publicará la lista definitiva, o se elevará a definitiva la lista
provisional publicada.
En caso de empate entre los aspirantes de la Bolsa se dirimirán según el
siguiente orden de preferencia:
a) El solicitante que obtenga mayor puntuación en la fase de oposición
b) El solicitante que obtenga mayor antigüedad en la FDM.
OCTAVA.- RECURSOS.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta o
de los actos de tribunal podrán ser impugnados por los interesados legítimos en la forma
y plazos que establecen los arts. 107 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,
De Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
ANEXO
TEMARIO PARA AYUDANTE DE ELECTRICISTA
Tema 1. – Unidades de medida, energía eléctrica y contactos eléctricos.
Tema 2. – Instalación de BT.
Tema 3. – Materiales empleados en electricidad.
Tema 4. – Herramienta y útiles empleados en electricidad.
Tema 5. – Tipos de instalaciones y suministros.
Tema 6. – Tipos de lámparas y sus componentes.
Tema 7. – Instalaciones eléctricas en edificios.
Tema 8. – Mantenimiento y reparación.
Tema 9. – Instalaciones de telefonía y datos fijas. Redes inalámbricas de datos.
Tema 10. Prevención de riesgos laborales. Medidas de seguridad en los trabajos
habituales de electricidad. Elementos de protección EPIS.
***
TEMARIO PARA AYUDANTE DE JARDINERÍA.
Tema 1. El agua. Sistemas de riego. El clima.
Tema 2. El suelo. Composición y propiedades del suelo. Tipos de suelo. Mezclas.
Tema 3. Reconocimiento y clasificación de plantas. Uso en jardín. Variedades en
Valencia. Calendario anual de conservación.
Tema 4. Mantenimiento y utilización de maquinaria semipesado manejada en
jardinería.
Tema 5. Técnica de poda. Métodos y equipos de poda de árboles. Normas, tipos y
técnicas.
Tema 6. Mantenimiento de riegos automáticos. Conocimiento del funcionamiento de
riegos automáticos.
Tema 7. Cultivo y trasplante de plantas. Injertos.
Tema 8. Reconocimiento y tratamiento de plagas y enfermedades más comunes en
jardinería.
Tema 9. Aplicación de productos fitosanitarios. Herramientas y maquinaria.
Tema 10. Prevención de riesgos laborales. Medidas de seguridad en los trabajos
habituales de jardinería. Elementos de protección EPIS.
***
jueves, 30 de enero de 2014
martes, 14 de enero de 2014
lunes, 13 de enero de 2014
RESUMEN DE LA REUNIÓN CE-EMPRESA DEL 30/12/13
RESUMEN DE LA
REUNIÓN CE-EMPRESA DEL 30/12/13
Celebrada en la Petxina a las 11,30h.
ASISTEN:
Por la parte social: Ferrán Rubio, José Martínez, Etienne Mara,
Francisca Gómez, Guaditoca Blanco.
Por parte de la empresa: MªÁngeles Vidal, Julián Hontangas, Eduardo
López.
ORDEN DEL DÍA:
1.- Modificación de los días de libre disposición.
2.- Información sindical.
3.- Ruegos y preguntas.
Se
inicia la sesión comunicando por parte de Ferrán Rubio la participación en ésta
de José Martínez Secretario General de la sección sindical de CCOO si no existe
inconveniente por ninguna parte.
Julián
Hontangas responde que no es habitual esta situación dado que no ha habido
comunicación previa, pero que si nadie pone objeciones, la empresa tampoco
tiene ningún inconveniente. Dado que no existe oposición por parte de nadie, se
sigue la reunión con el orden del día.
1.- Modificación de los
días de libre disposición.
Julián
Hontangas informa que a raíz de una publicación en el BOE del 21 de diciembre
se ha aumentado los días de libre disposición en 4 para el año 2013 y para el
2014. Dado que según convenio únicamente se pueden solicitar hasta el 15 de
enero del año siguiente, se propone que el día pendiente de 2013 pase a ser un
LD más en 2014, con lo cual se dispondrían de 5 para todo el año, el recuperado
de 2013 y los 4 de 2014. En el caso del personal a tiempo parcial, se propone
que el día de 2013 pase a 2014 y se dispongan de 2 días de libre diposición en
2014, dado que la proporcionalidad de la jornada no permite que sean más de
uno.
Ferrán
Rubio comenta que en el convenio se establece una proporcionalidad del 50% de
los días de libre disposición para el personal de fin de semana, teniendo en
jornada completa 8 y en tiempo parcial 4. La propuesta más justa sería que también
el personal de tiempo parcial dispusiera de dos días más en 2014 dado que con
el recorte de Ld que se hizo en su día se perdía parte de lo que les
correspondía y se quedó únicamente en un día libre cuando salía 1,2 al año.
Guaditoca
Blanco considera que se valore la asunción por parte del personal del ajuste a
la baja que se hizo desde el decreto de recorte de los ld, y que se tenga en
cuenta que la proporcionalidad real de trabajo no es un 40% sino que se va
modificando cada año en función de los festivos y ésta varía pero siempre es
más del 40%. Además el colectivo de fin de semana es el más vulnerable de la
empresa y aceptar tener dos ld más para 2014 no supone un gran esfuerzo a la
empresa y si un gran beneficio para el personal. Por tanto propone que sean dos
más y no uno para el año 2014 también en el caso de fin de semana.
MªÁngeles
Vidal explica que numéricamente los cálculos que se han realizado corresponden
a la propuesta planteada, no obstante, consideran la propuesta y pide un tiempo
para debatirla y reflexionar sobre ella y se intentará comunicar la decisión al
comité de empresa lo antes posible.
Julián
Hontangas pide que se manifiesten las partes en el caso de la propuesta para
jornada completa de 5 días de libre disposición para el año 2014 que se podrán
disfrutar tal y como aparece en convenio hasta el 15 de enero de 2015, a lo
cual toda la parte social manifiesta su conformidad. Quedando pendiente pues
clarificar el tema del personal de fin de semana.
2.- Información
sindical.
Julián
Hontangas explica y da copia a todas las secciones de la Reclamación Previa
presentada el 12/12/13 por parte de CSIF donde se impugna como criterio de
valoración el turno preferente establecido en el concurso de traslados. Explica
también que este escrito no tiene en cuenta que la Comisión de Valoración anuló
posteriormente dicho turno preferente estableciendo una nueva lista por el
orden surgido de los nuevos criterios. Por tanto, se ha desestimado esta
reclamación dado que no tiene sentido tras la modificación.
Francisca
Gómez comenta que la contestación es correcta pero que la base de la
reclamación es que el concurso se hace sobre la RPT de 2014 en vez de la de
2013 y eso no se ha modificado.
Julián
Hontangas explica que lo que se pide en esta reclamación es que se anule el
criterio de preferencia y esto ya se había hecho. Aun así, insta a que si no
están de acuerdo tiene derecho a
presentar la demanda correspondiente.
Además
de este escrito, CSIF presenta otro donde se solicita una modificación de la
RPT negociada de 2014 donde se modifique la plaza que se le adjudica a Sergio
Cuenca. Julián Hontangas expresa además que esta RPT fue negociada y aprobada
por CSIF y se está desdiciendo ahora de un acuerdo alcanzado previamente.
También comenta que a este escrito todavía no se le ha dado la oportuna
contestación.
MªÁngeles
Vidal comenta que le sorprende el escrito cuando además, por parte de la
empresa, se han dado todas las explicaciones oportunas en cada momento de cómo
ha sido el proceso de la ejecución de la primera sentencia que afecta a este
caso y cómo se está llevando la ejecución de la segunda sentencia al respecto.
Sugiere que se acuda al propio juzgado para que se pide que la ejecución de
sentencia se acelere pero que la empresa no tiene capacidad para actuar más
rápido dado que el procedimiento lo tiene que llevar el tribunal de la
oposición.
3.- Ruegos y preguntas.
Se
informa que las bases de la promoción interna ya están en la Secretaria
Delegada con lo cual se esperan que los trámites de publicación se puedan
llevar a cabo en enero.
Guaditoca
Blanco pregunta sobre la reunión que se ha
tenido con los directores acerca entre otras cosas del control horario.
MªÁngeles
Vidal responde que en efecto se ha hablado con ellos para que acrediten su
trabajo como todo el mundo a través de la ficha, y que soliciten sus días de
libre disposición y vacaciones a su superior correspondiente como lo hace el
resto de personal.
ANEXO A LA REUNIÓN.
·
Este resumen ha tardado tanto, entre otras
cosas, porque no lo queríamos publicar hasta no tener la respuesta al tema de
los días de libre de disposición de fin de semana. Esta respuesta se nos ha
dado el 8 de enero aprovechando las sesiones del concurso de traslados.
- Se ha aceptado que el personal de fin de semana también disponga de dos días más de ld en 2014 yno se ha restringido el tiempo de solicitud sino que se regirán por lo establecido en convenio. Serán los directores quienes se encargarán de la concesión o no en función del servicio tal y como se hace hasta ahora.
- Por otro lado, la semana pasada se han llevado a cabo las sesiones presenciales del concurso de traslados en las categorías de auxiliar (JC y TP) y encargados. Como consecuencia de esto ha habido bastantes movimientos entre instalaciones y además la buena noticia que se van a cubrir a partir de hoy las tres vacantes de Fuensanta que quedan libres. Este personal actuará de refuerzo hasta que abra la instalación, que no se sabe. Lo único cierto es que si no paran las obras se prevé que sea en septiembre. Como la empresa concesionaria de las obras no está cobrando, es posible que en algún momento se pare la obra y desaparecerá la previsión de septiembre. En este sentido, la empresa no puede dar más información porque la obra depende de Conselleria.
- Además de estas vacantes, queda pendiente el compromiso de la empresa de cubrir bajas de larga duración y otras situaciones que se están dando y que merman considerablemente la plantilla. Estos contratos, a su vez, van a conllevar por un lado mejoras a jornada completa y por otro contrataciones de interinaje con cargo a bolsa en fin de semana. Buena noticia para todo el mundo.
- Por último, recordar que quien tenga lotería de CGT, o bien nos la hace llegar de alguna forma, o bien se puede ir a la central de CGT en la Avda. del Cid 154 y allí mismo se puede cobrar. (Primer piso por las mañanas preguntar por Rosa). Se puede cobrar hasta el 22 de marzo de este año.
lunes, 6 de enero de 2014
LOTERÍA DE NAVIDAD DE CGT
Hola, como ya sabréis, la lotería de CGT de este año ha sido agraciada con una estupenda devolución de 4€. Dado que se ha repartido bastante por las instalaciones y la recogida va a ser lenta, aprovechamos para sugerir que todas las personas que vayan esta semana a la sesión presencial del concurso de traslados se acuerden de traerla y así podamos arreglar las cuentas. ¡Algo es algo!
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