Asistentes:
CGT: Isabel Cortés y Juana Velázquez.
Intersindical: Mº Ángeles Martínez.
CCOO: Inmaculada Soto y José Martínez.
UGT: Pilar fas, Etienne Mara, Vicente Cebriá y Jordi Monzó.
FDM: J.V. Berlanga (Director- Gerente), Isabel Gimeno
(Asesora de Presidencia), otro abogado (Asesor?), y Eduardo López (Secretario
de Actas).
Esta reunión está destinada, como dice la Sra. Gimeno, a
tratar los “flecos” que han quedado
pendientes de las anteriores reuniones, con el fin de llegar pronto a un
acuerdo. El Manual de Funciones se pretende trabajar y actualizar más adelante
con el CE, pues se considera que debe elaborarse correctamente, pues debe
servir de base al futuro estudio de la Carrera Profesional.
También se informa
que todas las reuniones de convenio mantenidas hasta la actualidad pendientes
de reflejar en acta, de aglutinarán en un acta única.
En el artículo 11,
Eduardo informa que se ha incorporado el día 15 de agosto, tal y como pidió el CE, que lo propone como festivo
laboral retribuido para la plantilla de FS, pero con la salvedad de que lo
trabaje la plantilla a la que por su naturaleza le toque trabajar ese día (
según como caiga, vaya).
Mº Ángeles añade la propuesta del Ce de que se matice la
apertura en festivos a eventos de cierta trascendencia, como pueden ser
Competiciones Oficiales. A esto, la Asesora se enfada de que partiendo de una
propuesta del CE, ahora se desee volver a modificar, considerándolo tomadura de
pelo.
Cuando Eduardo modifica en el borrador el nuevo inciso de
qué plantilla trabaja ese día, dándolo como asumido, Isabel Cortés detiene la
redacción advirtiendo de que esto es nuevo y se debería consensuar en reunión
del CE si éste lo acepta o no. La parte de FDM se indigna, acusando de tomadura
de pelo a la parte social, abandonan la sala para que los presentes lo decidan.
En esos minutos, el CE habla sobre la forma de proceder con
que se inició la reunión, y que no se debe permitir que asuntos acabados de
plantear en mesa, se den como aceptados por la parte social, sin esperar ni
siquiera contestación.
Mº Ángeles, al retorno de los representantes de la empresa,
les informa que la parte social no pretende tomar decisiones apresuradas sobre
temas nuevos hoy, a lo que Isabel Gimeno replica que “tiene cojones” que a
propuestas nuestras, ahora planteemos dudas, desconfía de la buena voluntad del
CE, acusa de boicotear la reunión, y pone en entredicho la capacidad
negociadora del comité.
Ferrán discrepa de lo dicho, defiende la buena voluntad
mostrada por el CE y retoma el tema de las aperturas motivadas de IIDD en días de
cierre. La Asesora recuerda que la empresa pretendía abrir todos los días del
año, que aceptaron cerrar los días más señalados manteniendo la salvaguarda de
exceptuar ocasiones especiales, y no entiende que ahora se cuestione eso.
Finalmente, defiende la capacidad auto organizativa de la empresa, y niega que
el CE tenga potestad para gestionar las IIDD.
Prosiguiendo con el artículo
12, donde se contemplaba la posibilidad de la flexibilidad horaria en IIDD,
Eduardo e Isabel Gimeno recuerdan que eso se rechazó en principio y quedó
pendiente de estudio posterior.
Inmaculada Soto observa que el artículo se ha modificado
casi en su totalidad, Ferrán concreta que todo el apartado a) es nuevo para
nosotros, y el resto de sindicatos ve la necesidad de estudiarlo con más calma,
así que no se pronuncia.
Mº Ángeles pregunta por la valoración de la empresa sobre el
bloqueo de turnos, a lo que la Sra. Gimeno responde que no es viable, echando
en falta la opinión de algún Director al respecto. Nos parece entender que el
Sr. Berlanga muestra conformidad a esta posibilidad, siempre y cuando sea el
Director el que establezca eso en su IIDD, y propone añadir al texto “(…) excepto particularidades objetivas de
cada instalación”, con lo que cree solucionado este tema.
Isabel Gimeno propone que en el artículo 12.1 se refleje “
Esta jornada para personal de IIDD podrá
ser flexible como máximo 1 hora, siempre que se garantice la correcta
prestación del servicio”. Seguidamente
pide opinión a la parte social para zanjar el artículo, a lo que se le contesta
que se debe estudiar mejor, por tratarse de un artículo modificado casi en su totalidad.
Eduardo echa en falta, en el artículo 17 párrafo 2, la persona o departamento que concede la
forma de disfrutar la licencia, resolviéndolo la Asesora con la propuesta de
añadir “previo informe favorable del
director de la IIDD o Jefe del Servicio”.
En el tema de Formación, la empresa se mantiene firme en otorgar
el permiso del 100% de las horas en caso de la asistencia a cursos obligatorios,
y el 50% en el caso de los cursados a voluntad del trabajador. El CE mantiene
su idea de que, si son relacionados con el puesto, se debe compensar al 100%.
En cuanto a la instauración y/o supresión de un turno
especial, FDM no acepta que requiera “previa negociación con el CE”, como pide
la parte social.
Eduardo sugiere que, en el texto del artículo 12.6 que se consensuó de Jornada de Jardineros, no se
especifique exactamente las fechas del posible adelanto de jornada, pensando
que esto puede resultar incluso perjudicial para el colectivo, limitando el
supuesto a “cuando climatológicamente sea
conveniente”.
Mº Ángeles expone la propuesta de baremo que propone el CE,
para la concesión de un Turno Especial:
-Cursos
relacionados con el puesto: 10 puntos.
-Formación
Complementaria: 5 puntos.
-Víctima de violencia de género
(que el Sr. Berlanga añade que “acreditado por organismo oficial”): 15 puntos.
-Familias monoparentales,
separados y divorciados con custodia de los hijos: 5 puntos.
-Por cada hijo a su cargo, menores
de 12 años, 5 puntos; el segundo 3 puntos adicionales; y un punto por los
siguientes. Isabel Gimeno bromea imaginando que si viene una familia de “los
Kikos” te fastidia el turno especial.
-Por cada hijo con Diversidad
Funcional de 33% o superior; 10 puntos.
-Por mayores dependientes con
diversidad funcional de 33% o superior; 10 puntos.
-Por haber prestado el turno
especial; 10 puntos.
-Por haber prestado el turno
especial en otra instalación; 5 puntos.
Eduardo opina que todos los trabajadores actualmente van a
cumplir los requisitos de formación, así que continuará siendo determinante la
condición familiar. Sugiere que la solución a una correcta Conciliación
Familiar, se encuentra en una buena organización del trabajo en cada IIDD.
Isabel Gimeno ACEPTA el baremo presentado por el CE, recalcando
que es la primera vez que lo ve, pero aún así lo acepta.
Se aclara también que el compromiso de cumplir con el turno
especial es de un año, considerándose más operativo renovarlo cada inicio de año.
Mº Ángeles plantea la eventualidad de que cesen las causas
del trabajador que le han permitido acceder al turno, y la posibilidad de que
éste lo asuma otro trabajador. La Asesora NO ACEPTA más excepciones y
preserva el compromiso que ha adquirido el trabajador.
En cuanto a la eliminación del requisito de la permuta para
acceder a un turno especial de una IIDD, aunque en el seno del CE se votó y
acordó dejar el texto como está, las diferentes secciones comienzan a plantear
dudas al respecto, manteniéndose en lo dicho CGT.
Isabel Gimeno opina que de la rotatividad obligatoria en
última instancia, solo deberían estar exentos los trabajadores con reducción de
jornada.
MºÁngeles considera que también deberían incluirse los
adaptados al puesto, cuando Eduardo matiza que se debería observar qué tipo de
limitación posee el trabajador, respecto a las funciones que debe realizar en
ese turno.
La FDM sigue priorizando la autorización del Director, ante
un cambio de turno voluntario entre trabajadores. “Dejad que los Directores
dirijan”, dice la Sra. Gimeno.
Tras un receso, se aborda el tema vacaciones, que la Asesora
repite que, en el caso del personal de FS, no se acepta el cambio a
proporcionalidad (si es nuestra voluntad, es capaz de decirlo en inglés,
francés o ruso, bromea). A la vez, hace la observación del cambio a 7 horas
producido en la jornada diaria, señalando que “todo es a cambio de algo”.
Eduardo informa también de una modificación a instancias del
Departamento. En las incorporaciones a un nuevo puesto (sea por el motivo que
sea) se incorporará el turno vacacional por defecto que corresponda, pudiéndosele
modificar al trabajador de lo que tenía previsto.
En el artículo 15.1,
se mantiene la FDM en conceder los permisos por fallecimiento en días
naturales.
Posteriormente se debate sobre los Permisos por Interés Particular.
Parece ser que ha aumentado considerablemente el número de solicitudes, sobre
todo en el caso de interinos. Se atribuye este hecho a la búsqueda lógica de
nuevas oportunidades, pero al carecer de mecanismos de renuncia en bolsa
exentos de sanción, se obliga al trabajador a utilizar esta fórmula para
evitarlo.
Tras un largo debate, en el que surge de nuevo el defectuoso
Reglamento de Bolsa que tenemos, la cotización que debe mantener la empresa (cuando es
posible que el trabajador esté de alta en otro contrato), etc., SE ACUERDA exigir al trabajador una declaración jurada de incurrir en las
causas previstas en el apartado anterior (interés particular, cuidado de
familiares o perfeccionamiento profesional) y no estar contratado en otro
ámbito. A cambio, se añadirá el texto “En
caso contrario, la renuncia al contrato de interinidad en vigor, no conllevará
penalización en la bolsa de trabajo”.
En cuestión de Trienios, la propuesta última de la empresa
es reflejar en disposición Adicional Cuarta el Complemento de Antigüedad “Ad
Persoam”, compatible con el nuevo cálculo de la antigüedad, comprometiéndose a presentar a la
parte social un nuevo texto que plasme esto.
Isabel Gimeno reconoce que se trata de un tema fundamental,
pero asegura que se firmará más tarde o más pronto. Afirma que, si hay acuerdo,
se respetará un periodo de transición de un año, que se sumará a los antiguos
consolidados. Tras una larga argumentación, acusa a la parte social de no
presentar alternativas de nuevos conceptos retributivos, ni presentar un Plan
serio de Carrera Profesional. Para concluir, plantea que la parte social tiene
dos opciones: llegar a un acuerdo y salvar lo que se tiene; o esperar a lo que
pueda venir, quizás en forma de Decreto, que provocará que no se recupere “en
tres vidas laborales” esas cantidades.
Ferrán replica explicando que existe una diferencia entre
trabajadores funcionarios y nosotros los laborales, que tenemos potestad de negociar nuestras
condiciones laborales en el convenio y cree que, en caso de venir un Decretazo,
nunca se puede actuar retroactivamente.
El Sr. Berlanga viene a decir algo similar a la Sr.Gimeno,
con otras formas.
Etienne insinúa la posibilidad de aplicar la Carrera
Profesional igual que el Ayuntamiento de Valencia, e Isabel Gimeno le recrimina
la falta de seriedad de esa propuesta y advierte que, cuando presenten el texto
a instancias mayores, si no se ve reflejada la Carrera Profesional, no existirá
en FDM.
Seguidamente, Mº Ángeles pregunta la opinión al prorrateo de la paga de
marzo. El Sr. Berlanga, parece que matiza que no se trata de un prorrateo, sino
de una misma masa salarial, repartida en 14 pagas.
Ferrán pone pegas a la redacción del texto, y no ve la
garantía “Ad Persoam” en él. Nos parece oir que el Sr. Director Gerente propone
a Ferrán que redacte él mismo el texto, si lo desea.
Seguidamente se procede a votar entre los miembros del CE
este supuesto, resultando:
-A
favor: Intersindical (2 votos), UGT (3 votos) y GT (1 voto).
-En
contra: CGT (1 voto)
-Abstención:
CCOO (1 voto).
Otra cosa que se desea zanjar es la reducción del plazo de
devolución de los Anticipos de 24 meses a 18, con el fin de facilitar este tipo
de préstamos a más cantidad de trabajadores.
-A favor:
UGT (3 votos), CCOO (1 voto) y CGT (1 voto).
-En
contra: GT (1 voto).
-Abstención:
Intersindical (2 votos).
La FDM mantiene su modificación en convenio en la forma de
indemnizar a los trabajadores declarados con Incapacidad Permanente al puesto, que
se solucionaría añadiendo estos casos en la póliza de seguro que tuviese la FDM
contratada.
Al realizarse una comparativa de las cantidades que aporta
el Ayuntamiento de Valencia en indemnizaciones, se observa que son algo más
elevadas, pero Isabel Gimeno apunta que en él no existe este beneficio del 100% hasta
completar la pensión de IP. Ferrán replica que también contemplan otros supuestos
como nicho, becas de orfandad, etc. que nosotros no tenemos.
Llegados a la Promoción Interna, se produce un “tenso tira y
afloja”, en la que la empresa se mantiene en su reserva al turno interno del
50% de las plazas, pero al final, tras propuesta de Pilar Fas, ACCEDE a aumentarlo
al 60% en el caso de la categoría de Encargados. Eduardo matiza que, se debe
contemplar para toda la categoría C1, cosa que también se ACEPTA.
Ante el cobro de la Diferencia de Categoría de los
Auxiliares de servicio en ausencia del Encargado, NO SE ACEPTA la propuesta de
rotatividad entre el personal del turno, continuando como ahora, a criterio del
Director.
Isabel Gimeno vuelve a proponer que el Manual de Funciones
sea tratado como Anexo al Convenio y que exista un compromiso real de
elaborarlo monográficamente y actualizarlo durante la vigencia del mismo.
Antes de finalizar, Etienne quiere recordar la equiparación salarial solicitada de las categorías de Encargado y Oficial (unificar cantidades de la
categoría C1) y a la vez, que se diferencie la de Oficial Administrativo
adscrito a Gerencia del resto.
Sin más, se levanta la sesión, emplazándonos al próximo día
1 de Junio por la mañana, para una siguiente reunión.
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