domingo, 8 de julio de 2012

Acta 4 de Negociación de Convenio. 26/6/2012


COMISIÓN DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO



En Valencia,  siendo las 09:30 horas y en la Sala de Juntas de la FDM, comparecen los representantes designados por la parte social y la FDM-empresa con objeto de iniciar las negociaciones del Convenio Colectivo.



            Asisten los miembros de la comisión que a continuación se relacionan:



            Por parte de la FDM-empresa:

            El Concejal Delegado y Presidente de FDM Cristobal Grau Muñoz; El Director Gerente de la FDM, Luís Cervera Torres y el Jefe  del Servicio Jurídico y de RR.HH.  Julián Hontangas Carrascosa, que actúan respectivamente como Presidente y Secretario de la Comisión.



            Por la parte social:  

            Juan M. Cuevas Correcher y Guaditoca Blanco Rojas y Juan Ramón Marco por CGT. Por UGT, Etiene Mara, Jordi Monzó  y José Luís Gilaberte. Por CSI-CSIF:  Juan F. Martinez Heras, Maxi Ballester Safont y Francisca Gómez. Javier Morata y Fernando Rubio y Andrés Montesinos por parte  CC.OO.

Se identifica El Sr. Fernando Carmona Ortiz como Asesor del Sindicato CGT quien manifiesta su deseo de incorporarse a la Comisión negociadora haciéndolo efectivamente en este mismo acto.



I.- APROBACION DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES.

           

            Habiéndose incorporado a las actas las alegaciones formuladas son aprobadas y firmadas por los intervinientes.



II.- APROBACION DEL PRE-ACUERDO DE CONVENIO COLECTIVO DE FDM.



            Toma la palabra el Sr. Presidente para agradecer a los sindicatos UGT y CSI-CSIF la firma del pre-acuerdo del convenio, fruto del esfuerzo y de la responsabilidad de las partes firmantes y manifiesta su deseo que las formaciones no firmantes puedan sumarse si lo desean en lo sucesivo. Señala que la FDM está cumpliendo los compromisos y los presupuestos y que es un buen momento que garantiza la viabilidad de la FDM. Invita  a todas las formaciones a alcanzar un acuerdo de mayoría para la estabilidad de lso próximos años.

Seguidamente cede el uso de la palabra al sindicato mayoritario firmante del pre-acuerdo CSI-CSIF:



Sr. Figueres: La postura del CSIF es conocida desde el día 14 de febrero pues no ha variado. Hay voluntad de  acercarse a la redacción del convenio del Ayuntamiento de Valencia con los matices propios d la FDM pero  debe cerrarse el convenio salvaguardando el empleo y la estabilidad.



Seguidamente la presidencia concede la palabra al sindicato UGT.



Sr. Mara: La firma del pre-acuerdo de convenio es un esfuerzo y un gesto de responsabilidad. Ha habido un gran acercamiento desde la postura inicial y este esfuerzo se ha reflejado en positivo.



Seguidamente la Presidencia cede el uso de la palabra a los sindicatos que no han suscrito el pre-acuerdo, concediendo el uso de la palabra a CC.OO y posteriormente a CGT.



Sr. Morata: Comisiones sigue en la Mesa y en la línea de arreglar los asuntos en casa. Pero la firma de CC.OO  no está en el pre-acuerdo porque ha echado en falta al político y negociar con él. No va a criticar la labor de recursos humanos que ha generado división de opiniones pero echa de menos debatir con el político, con el concejal y por eso no está su firma.



Sr. Presidente: La agenda impide su presencia en todos los puntos y considera que nunca ha estado tan bien representado como por el Gerente y el Jefe de personal en quienes tiene efectuada la delegación correspondiente.



Sr. Morata. Critica las medidas que han favorecido la actual gestión con cierres y temas de entrega de ropa. El Ayuntamiento ha hecho un pacto por el empleo y FDM no lo ha sabido trasladar, Lo que hoy se recoge en el pre-acuerdo debería contener un compromiso de cubrir vacantes a 1 de octubre y entonces hubieran firmado. También debe tratarse el tema de las excedencias, cubrir definitivamente dos plazas de encargado y en cuanto a los cierres técnicos propone quitar los días adicionales con coincidencia con el cierre.



Sr. Marco. Agradece las palabras del concejal y señala que mantenerse ya es un logro. No se puede perder tiempo importante de trabajo y se podría avanzar más si el plazo fuera más largo e incluyendo asuntos como la conciliación y otros bien enfocados que pueden ser positivos como la flexibilidad del horario; invitando a la empresa y al resto de formaciones sindicales a entrar en estos otros asuntos y con un plazo amplio para negociarlos.



Sr. Presidente: Agradece a todos el turno de intervenciones y pide el voto a las formaciones para dar por aprobado el texto negociado de pre-acuerdo de convenio que, explica, es un acuerdo de mínimos tal y como su propio texto indica.

Puesto a votación, la mesa de negociación con el voto a favor de CSI.CSIF, UGT y de la FDM, la abstención de CC.OO y el voto en contra de CGT, ACUERDA aprobar  el texto de pre-acuerdo de convenio que a continuación se trascribe:



PRIMERO: Modificar el convenio colectivo de la FDM en los siguientes artículos:



a)      Introducir un nuevo artículo   38.1 (manteniendo la redacción del resto de párrafos que se mantienen vigentes y serán re-numerados):



                Art. 38.1.             La FDM, comprometida con el servicio público y la mejor atención a la ciudadanía y teniendo como ejes centrales de su gestión los principios de eficiencia y eficacia, se compromete en su política de empleo público al mantenimiento de los puestos de trabajo de la actual RPT. Procediendo a tramitar  la contratación de un número de puestos de auxiliar de servicios a tiempo parcial  equivalente al de vacantes producidas desde  1 de enero de 2012; así como al de todos aquellos puestos en que su provisión sea urgente e inaplazable en los términos previstos en el art. 39.1.





b)      Introducir un nuevo artículo   39.1 (manteniendo la redacción del resto de párrafos que se mantienen vigentes y serán re-numerados):



                Art. 39.1 Durante los años de vigencia del convenio no se procederá a la contratación de nuevo personal laboral temporal, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, previa la debida justificación por parte de la Dirección-Gerencia que inste la contratación”.



c)      Introducir un nuevo párrafo en el art. 45.

               

                Art. 45 (párrafo 3º):        Cualquier trabajador de instalaciones deportivas tendrá derecho a concursar a puestos vacantes de su misma categoría conforme al procedimiento que, previa negociación con el Comité de Empresa, en su caso se establezca.



d)      Nueva redacción del art. 46.2. 



Art. 46.2.   Adscripción temporal por necesidades del servicio.





Las necesidades  transitorias de personal en las instalaciones deportivas  podrán ser atendidas desde el departamento de personal,  preferentemente con los auxiliares MAP.  Cuando esto no sea posible, dicho departamento realizará una adscripción temporal  entre trabajadores de otras instalaciones, con carácter rotativo, dando preferencia a los trabajadores que lo soliciten expresamente  y conforme al siguiente procedimiento:



1º.  La relación de auxiliares, tanto de tiempo parcial como de  jornada completa,  se ordenará por orden alfabético. Mediante sorteo público se obtendrá la letra del primer apellido que determinará el orden de llamamientos.



2º. Mensualmente, previo a la recepción de la programación,  los Directores remitirán al departamento de personal  la relación de actividades o eventos de la instalación que a juicio de dicho departamento deban justificar o excluir  la movilidad del personal de  la misma.



3º. A la vista de la programación y considerando las necesidades informadas por los Directores conforme al apartado anterior, el departamento de personal efectuará la adscripción provisional, que por orden corresponda, de  la instalación que estime conveniente y con las siguientes consideraciones:





-          Tendrá preferencia el auxiliar voluntario que haya solicitado por escrito al departamento de personal su disponibilidad para una instalación determinada, siempre y cuando el departamento de personal lo considere posible.



-          Estarán excluidos de la movilidad regulada en este artículo los trabajadores con turno especial y aquellos con limitaciones de salud laboral  reconocidas por el Servicio de Prevención.



-          La adscripción provisional tendrá una duración máxima de 15 días desde la incorporación efectiva de cada trabajador. Si trascurrido este plazo persiste la necesidad, se realizará una nueva adscripción conforme a los criterios establecidos.





e)      Sustituir las actuales disposiciones transitorias por las siguientes:



                Disposición transitoria 1ª.

Las  subvenciones sanitarias a que se refiere el art. 30, con independencia de la periodicidad establecida en cada prótesis en cualquiera de sus apartados, el personal solo tendrá derecho a una subvención anual por beneficiario cualquiera de los conceptos regulados en dicho artículo.



                Disposición transitoria 2ª.

Para el curso escolar 2012-13 en la aplicación de la ayuda por estudios a que se refiere el art. 34 solo se tramitará una subvención por trabajador.  



                Disposición transitoria 3ª.

Durante la vigencia del convenio quedará en suspenso la aplicación del art. 14.1.b) sin perjuicio de la aplicación de la norma estatal o autonómica más favorable.



            SEGUNDO: La representación política y social de la Fundación Deportiva Municipal de Valencia aceptan someterse a los compromisos y/o decisiones que puedan adoptarse desde las instancias políticas y sindicales del Ayuntamiento de Valencia en relación a la naturaleza jurídica de la relación laboral o funcionarial de los empleados públicos del organismo autónomo en los términos que marquen los referidos acuerdos del Ayuntamiento de Valencia y dando cumplimiento a las previsiones en tal sentido se establezcan para la FDM.



            TECERO: Las partes otorgan a las modificaciones pactadas la condición de acuerdo negociado con plena validez y convienen en auto-otorgarse un periodo máximo hasta el 6 de julio  para verificar si existen otros artículos del convenio respecto de los que sea posible alcanzar el consenso.  

En caso de que en el referido periodo no se alcanzase ningún acuerdo más, se propondrá la firma del convenio exclusivamente con el contenido del preacuerdo y se procederá a la aprobación y publicación de lo pactado.

En caso del alcanzarse un acuerdo más amplio en dicho periodo, la redacción de lo pactado se incorporará al texto del presente pre-acuerdo para su publicación conjunta.



            CUARTO: Las partes firmantes podrán acordar, con la misma mayoría alcanzada para suscribir el presente acuerdo, la modificación del mismo.



            QUINTO: Que el presente pre-acuerdo quede unido al Acta de la sesión que corresponda de la Comisión negociadora del convenio.







III.- GRUPOS DE TRABAJO Y CALENDARIO DE ACTUACIONES.



El Presidente entrega copia a todas las formaciones de la propuesta, indicando que los sindicatos firmantes del pre-acuerdo ya lo conocen pero no las otras dos formaciones sindicales por lo que, pese a ser leída en la sesión se acuerda suspender la sesión para que la propuesta pueda ser estudiada y valorada por las formaciones que no la conocen y posteriormente valorar o aprobar su contenido. Por lo que se acuerda, siendo las 10:25 h. un receso con este objeto.

Seguidamente y siendo las 10:50 h. se reanuda la sesión concediendo la Presidencia una rueda de intervenciones.



Sr. Gilaberte: UGT ya conoce el documento y estima que la metodología que se propone es adecuada y operativo por lo que considera que puede ser un buen sistema de trabajo e invita al resto de formaciones a su aprobación.



Sr. Morata: La propuesta es producto de un acuerdo entre dos centrales sindicales y está impuesto; pero no desea que su sindicato quede fuera del mismo por lo que participaran en los grupos y no tiene más remedio que aceptarlo.



El Sr. Carmona: CGT no tiene intención de participar en estas mesas. La mesa tiene competencia para aprobar mesas de negociación pero no así.



Sr. Figueres: Esta propuesta está hecha en la mesa y no en un bar, por tanto el acuerdo es legítimo y vincula a la mesa y sus miembros. Queremos un convenio y cuando toca votar se votará en la mesa y se aprobará en la mesa.



Sr. Carmona: Esas mesas no son creadas por la mesa de negociación.



Sr. Presidente: Las comisiones de trabajo o grupos que se proponen carecen de competencias para aprobar nada, puesto que estas competencias son y se reservan para l mesa que será lo que negocie finalmente y apruebe lo que proceda.



Concluido el debate el Presidente solicita el voto de los miembros de la  Mesa que, con los votos a favor de FDM-empresa, CSI-CSIF, UGT y CC.OO y el voto en contra de CGT, acuerda APROBAR la propuesta para la constitución de grupos  de trabajo y metodología, como a continuación sigue:



Objetivo: Constitución de grupos de trabajo que procurarán alcanzar el mayor consenso posible para agilizar los debates y sistematizar los contenidos que deban ser debatidos y aprobados por la Comisión negociadora del convenio. Su objetivo será el estudio y elaboración de propuestas a la Comisión Negociadora que ostenta la competencia plena y exclusiva en materia de negociación.



Metodología de Trabajo:



-          Creación de 4 áreas de contenidos constituyendo 4 grupos de trabajo para cada una.

-          En cada Grupo de trabajo se incorporará un único representante por cada formación sindical firmante del pre-acuerdo.

-          Cada grupo contará con 2 sesiones/día de trabajo: una primera sesión se dedicará al análisis de conceptos, planteamiento, debate y posibilidades de propuesta de acuerdo. Una segunda sesión para concreción de  propuestas de conceptos o textos de consenso.

-          Las formaciones sindicales que no han aprobado el pre-acuerdo de convenio, podrán designar a un único representante en los Grupos de trabajo que se constituyan, si así lo desean, previa acreditación formal y por registro de entrada de la FDM de la aceptación expresa del contenido del presente documento por el que se establece la metodología de funcionamiento de los grupos de trabajo sin reparo o exclusión total o parcial de ninguno de sus acuerdos o determinaciones.

-          Se propone que los grupos se reúnan un máximo de 2:30 horas/día por espacio de 2 semanas, iniciando sus sesiones a partir de las 8:30 horas.







Grupos de trabajo y materias de estudio propuestas:





I.                    Generalidades, calendario, jornada, vacaciones y movilidad.



II.                Permisos, licencias, excedencias y ausencias.





III.             Condiciones económicas y protección social.



IV.             Empleo y organización del trabajo.



Calendario de reuniones de los grupos de trabajo.




Día 26 de junio.

Sesión previa a las 12:00, tras la Comisión negociadora del 26/6/12. Planteamiento general y propuestas del  Grupo I.



Día 27 de junio

Grupo I.

Día 28 de junio

Grupo II.

Día 29 de junio

Grupo III.

Día 2 de julio

Grupo IV

Día 3 de julio

Grupo I, 2ª vuelta.

Día 4 de julio

Grupos II y III, 2ª vuelta.

Día 5 de julio

Grupo IV, 2ª Vuelta.

Días del 6 al 13 de julio  ----

Grupos de revisión y sesión/sesiones de la Comisión Negociadora.

Día 20 de julio

Junta Rectora.

Día 29 de julio

Pleno del Ayuntamiento.





-          Tras efectuar el estudio de las materias por áreas de contenido y formular las propuestas que cada Grupo considere, dichos trabajos con sus conclusiones serán elevados para su debate, negociación y en su caso aprobación a la Comisión de Negociación del Convenio. 



-          Las formaciones sindicales firmantes del pre-acuerdo de convenio aceptan la metodología de trabajo propuesta en el presente documento, consistente en el funcionamiento mediante Grupos de estudio y propuesta, de contenido técnico y sin competencias negociadoras.





            No habiendo más asuntos que tratar el Sr. Presidente levanta la sesión siendo las 11:00 horas en el lugar y fecha arriba trascritos de todo lo que yo el Secretario doy fe.






No hay comentarios:

Publicar un comentario