jueves, 12 de julio de 2012

ACTA 6 de Mesa de Negociación, del 9 de Julio 2012.


COMISIÓN DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO



En Valencia,  siendo las 11:00 horas y en la Sala de Juntas de la FDM, comparecen los representantes designados por la parte social y la FDM-empresa con objeto de continuar con las negociaciones del Convenio Colectivo iniciadas el pasado día 14 de febrero de 2012.



            Asisten los miembros de la comisión que a continuación se relacionan:



            Por parte de la FDM-empresa:

            El Director Gerente de la FDM, Luís Cervera Torres y el Jefe  del Servicio Jurídico y de RR.HH.  Julián Hontangas Carrascosa, que actúan respectivamente como Presidente y Secretario de la Comisión.



            Por la parte social:  

            Juan M. Cuevas Correcher por CGT. Por UGT, Etiene Mara, Jordi Monzó  y José Luís Gilaberte. Por CSI-CSIF: Juan F. Martinez Heras, Maxi Ballester Safont y Francisca Gómez. Y Javier Morata y Fernando Rubio por parte  CC.OO.



I.- APROBACION DEL ACTA DE LAS SESIÓN ANTERIOR DE FECHA 3 DE JULIO.  



            Habiéndose recogido las alegaciones al borrador del acta el Sr. Gilaberte quiere precisar que UGT se comprometió a presentar a la Mesa una propuesta de valoración de diferentes situaciones de dependencia para la realización del turno especial, habiéndose aportado dicha valoración e incorporándose la misma en el texto del artículo 12.7 aunque sostiene que la postura de su sindicato es la de dar preferencia a  estas situaciones y la conciliación que necesitan; pese a lo que aceptan la redacción que mayoritariamente se ha dado al texto en la que se prioriza a los trabajadores que vinieran realizando dicho turno.

           

II.- NEGOCIACION DEL CONVENIO COLECTIVO 2012-2015.



Por acuerdo entre las partes el Sr. Ferrán, como presidente del comité de empresa procederá a dar lectura a las propuestas efectuadas en los grupos de trabajo para formular las posiciones de las partes y debatir posteriormente o negociar lo que en cada caso corresponda.

En primer lugar señala que la redacción definitiva del art. 12, relativo a la jornada de trabajo, queda pendiente de establecer los términos en que deba recogerse en el convenio la jornada legal de 37 horas y media;  así como la jornada de electricistas, posponiendo la negociación del mismo.



El Sr. Gilaberte señala que UGT propone que en este artículo aparezca una vinculación entre la posibilidad de establecer cierta flexibilidad horaria y la conciliación. Asimismo reitera la posición manifestada en relación al turno especial en el sentido de que dicho turno esté directamente relacionado con la conciliación, aunque esta posición haya quedado en minoría.



Sr. Ferrán. En cuanto a la jornada de electricistas señala que el grupo de trabajo ha realizado una propuesta de texto aunque no existe todavía un planteamiento concreto y concretamente CCOO aún no ha definido su posición al respecto.



Sr. Hontangas. Explica que la propuesta de la empresa está basado en cuatro compromisos: mantenimiento de la plantilla de electricistas actual y consolidación de la misma a través de los procedimientos de consolidación que correspondan; lo cual implica lógicamente una apuesta por el desempeño sin externalización de los servicios.

En segundo lugar la aplicación de los mismos criterios objetivos que para el resto de plantilla en relación a compensación de festivos y trabajo. La necesidad de exigir a cesionarios y arrendatarios de instalaciones municipales la intervención exclusiva de profesionales de la plantilla en todo tipo de actos externos. Y, finalmente, autorización de compatibilidad a quien la solicite con el fin de regularizar el solape de actuaciones en horario de trabajo.



Sr. Morata. Lo que ocurre es que la empresa no quiere pagar las horas extra y la redacción del actúal convenio obedece a esta causa. En este punto CCOO lo dejará de momento pendiente de hablar en las próximas mesas de negociación para adoptar una postura respecto del convenio en su globalidad; además y respecto de este tema considera necesario hablar con el colectivo. No hay que olvidar que la propuesta minora o bien las contrataciones o bien las horas y desea que esto conste en acta.



Sr. Gilaberte: Por parte de UGT se acepta la propuesta efectuada por el grupo de trabajo para el colectivo de electricistas.



Sr. Cuevas. Por parte de CGT es partidario de regularizar la situación actual.



Sra. Ballester. Esta situación del grupo de electricistas se debe regularizar y no está de acuerdo con lo expuesto por el Sr. Morata.



Sra. Gómez: No acaba de ver la inclusión de un compromiso para conceder compatibilidades.



Sr. Gilaberte: Quiere aclarar que espera que con el cambio propuesto no se vuelvan a producir situaciones como las actuales en las que hay una discriminación dentro del grupo de electricistas; situaciones que no pueden producirse y que denunciarán formalmente si se producen de nuevo estas circunstancias. Espera que con la nueva redacción de este artículo empiece una nueva forma de trabajar.



Sr. Cuevas. Por parte de CGT se propone que en el art. 13.9 así como en el art. 18.6 que están conectados o relacionados se incluya también a la figura del padre, equiparando así el permiso que se regula en caso de hospitalización posterior al parto, pero solo para la madre.



Sr. Hontangas. Se estudiará la propuesta aunque, pese a ser un permiso redundante, no ve inconveniente.



Seguidamente se inicia la lectura del articulado que forma parte del Grupo II de artículos y que abarca del arts. 15 al 24.

Tras debatir la posibilidad de incluir en el art. 15, una mención a la flexibilidad horaria en relación a la conciliación de la vida familiar, de común acuerdo se acepta el siguiente texto al objeto de que se incorpore en el convenio con un nuevo apartado del art. 15, bajo el ordinal 15.13º con la siguiente redacción: La FDM se compromete a negociar con el comité de empresa las fórmulas de conciliación unidas a la flexibilidad horaria en los polideportivos.



A continuación y por parte del Sr. Mara se procede a la lectura consecutiva del articulado de este grupo de materias relacionadas con permisos, licencia y excedencias, originándose el debate al proponerse que en el art. 15.6 relativo a los permisos por matrimonio y unión de hecho, se clarifique que dicho permiso de 20 días se de también por la ruptura de la unión de hecho. Se acuerda eliminar de la redacción la palabra “separación”.

Sr. Hontangas. A la vista de la propuesta de conceder 20 días por dar de baja la pareja de hecho registrada, propone asumir la redacción del art. 29 del Ayuntamiento de Valencia, que establece un permiso de 15 días y exclusivamente para casos de matrimonio y unión de hecho, no reconociendo el permiso en caso de divorcio como si lo hace el actual texto de convenio.

Debatido el asunto se acuerda dejar la actual redacción con las propuestas realizadas por el grupo de trabajo.

En cuanto al art. 15.9 relativo a los permisos por exámenes, se analiza la situación que en algunos casos es de claro abuso.

Sr. Gilaberte. No está de acuerdo con la redacción propuesta por el Grupo de trabajo porque tanto el Ayuntamiento de Valencia  como en general en la Administración pública se dispone del día completa para exámenes y pruebas oficiales y por tanto no está de acuerdo con esta limitación.

El Sr. Hontangas señala que es preciso que conste en acta que como consecuencia de ciertas situaciones como los exámenes de la Junta Cualificadora y en base a la actual redacción del artículo el personal tiene todo el día de permiso generando situaciones graves para el mantenimiento del servicio, especialmente con las limitaciones actuales de movilidad. Considera que los representantes sindicales deben ser conocedores de esta situación para, en este momento, procurar una redacción que impida que estas situaciones de perturbación del servicio se puedan producir por el ejercicio masivo de un derecho que, podría limitarse a la mañana o tarde de su realización. Po otro lado señala que el problema radica en el sentido que se proporcione a la expresión “oficial” puesto que esto hace que exámenes de conducir o incluso de academias o centros privados amparen la aplicación del permiso. Solicita se reconsidere por los presente una redacción que limite ciertos supuestos.  

Finalmente se acuerda que permanezca la redacción original del convenio y no propuesta por el grupo de trabajo, con la inclusión en la redacción de  las excepciones para exámenes de conducir o academias privadas y manteniendo el resto considerando el carácter oficial.    

            A continuación se da lectura al art. 21 relativa a las excedencias, explicando el Sr. Mara las modificaciones aprobadas hasta ahora por la Mesa de negociación y dando lugar a un debate en relación a la reserva de cinco años del puesto de trabajo del excedente en otra administración y el derecho a participar en pruebas de promoción interna durante la situación de excedencia o solo durante los cinco primeros años.



            Sr. Cuevas. Considera que debe darse la posibilidad de promoción interna durante toda la excedencia sin limitaciones puesto que puede darse el caso de que una Administración deje de pagar o pase una situación de dificultad y la redacción propuesta supondría una limitación. 

            Sr. Hontangas. Propone eliminar el último párrafo del art. 20.a) por el que se equipara a la situación de excedencia el tiempo de condena a pena privativa de libertad. Debatido el asunto se acuerda mantener la redacción actual.

            Sra. Gómez: La redacción de este art. 22. d) no acaba de gustarle y no está conforme. Plantea las dudas que le sugiere la redacción en caso de que el excedente vuelva con ocasión de vacante.

            Sr. Gilaberte: El derecho preferente de reingreso se producirá respecto de cualquier vacante hasta su provisión definitiva, señalando que una forma de efectuar la provisión es por el retorno de un excedente.



            Debatido el asunto se acuerda mantener el texto conforme a la propuesta efectuada por el Grupo de trabajo, no obstante CSIF mantiene que estudiará el texto propuesto puesto que la redacción ofrece las dudas manifestadas por la Sra. Gómez.



Las partes acuerdan aprobar la redacción propuesta en aquella aparte del articulado que no ha originado debate y que se considera texto aprobado, sin perjuicio de que su negociación definitiva se producirá en caso de aceptar el texto negociado.



El Sr. Cervera propone a los presentes el calendario próximo de sesiones de la Mesa negociadora, con una siguiente sesión para el día 11 de julio a las 11:30 horas y el día 13 de julio a las 13:00 horas, en la que espera que los temas estén negociados y sea posible llevar a la mesa un texto final de convenio. Todos los presentes se dan por auto-convocados a la Mesa de negociación en los días y horas propuestos.



            Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 14:40 horas, extendiéndose la presente acta que es firmada por los intervinientes en prueba de conformidad en el lugar y fecha arriba indicados, de lo que yo el Secretario doy fe.




















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