sábado, 15 de julio de 2017

RESUMEN DE REUNIÓN PARITARIA DEL 13-07-2017.

Asistentes:

FDM: José Vicente Berlanga (Director Gerente) y Eduardo López (Jefe de RRHH).
CCOO: José Martínez.
UGT: Etienne Mara.
CGT: Isabel Cortés.
GT: Fernando Rubio.
Intersindical: Jessica Estela.

Una fresca brisa, cual ocaso del día sobre el horizonte, nos anuncia que el próximo día 24, a las 12:00 horas, se va a producir (la que se considera) la última reunión de mesa de Convenio Colectivo, al mismo tiempo que se lanza a la inmensidad del cielo estrellado, las incertidumbres sobre el art. 56, que serán resueltas por el mismo INSS, así como el Ayuntamiento de Valencia resolverá sobre los trienios.

Iniciando lo que es la Paritaria, propiamente dicha, Etienne expone el caso que ha motivado la petición por parte de UGT de esta sesión:

El representante sindical desea aclarar en esta reunión el criterio a seguir en los Concursos de Traslados, en cuanto a si se permite concursar a trabajadores de FDM en situación de excedencia. Alega que, tras la modificación del modelo de solicitud de participación en el proceso, no sabe si por error, figura la descripción de trabajador en activo, suponiendo que en FDM. Por lo tanto, esta sección considera revocable la resolución del último concurso, pues ha sido superado por una trabajadora en esta situación. A la vez, reconoce incongruente lo que refleja el convenio a lo que exige la solicitud, y pide que se rectifique la última.

Eduardo explica cómo han transcurrido los hechos y actuaciones hasta el momento. Declara haber actuado de la misma forma que se ha hecho siempre, incluyendo otros anteriores casos de trabajadores en excedencia por Servicios en otra Administración (incluso muestra algunos expedientes antiguos que lo corroboran). Recuerda que siempre han participado las secciones sindicales en la valoración de méritos de estos concursos bienales y nunca ha existido reclamación por ello. Aclara que el modelo en sí,  no se ha modificado en ningún momento, únicamente se ha actualizado y adaptado la imagen gráfica al formato que requiere la Web, permaneciendo intacto el texto original. Finalmente, sostiene que la Comisión Paritaria no está para advertir si en un documento interno existen errores en el texto, cosa que asume en este caso, y propone subsanarlo y ya está.

Etienne defiende que el modelo de solicitud sí se encuentra vinculado a interpretación de Convenio.

Ferrán se muestra de acuerdo con Eduardo, en que no debería ser asunto de Paritaria un tema como este, e interpreta que el Convenio no excluye a nadie a participar en el Concurso de Traslados. Pide que no se abuse de este órgano y también está a favor de suprimir las palabras “en activo” del documento.

Isabel Cortés quiere reforzar el argumento de los anteriores, leyendo lo que contempla el EBEP en su artículo 88.3, referente a los trabajadores de la Administración Pública cuando pasan a  prestar sus servicios a otra distinta, cuando dice que y conservarán su condición de funcionario público de la Administración de origen y el derecho a participar en las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo que se efectúen por esta última”. Así pues, ve claro el asunto, y coincide en que esta reunión es totalmente innecesaria.

Etienne desea explicar su visión del problema, pues quiere dejarse entender. Formula el símil a cuando vas a Carrefour y adquieres un producto, el cual adolece de un error en el precio. Defiende así el derecho del afectado a reclamar por lo que se le ha hecho creer. Seguidamente apunta que, al tratarse la otra parte afectada por la resolución de “una afiliada de UGT”, va a apoyar los posibles recursos que inicie.

Eduardo advierte que entonces, hasta que no se resuelva, no puede proseguir con el expediente, y queda todo paralizado.

Un nubarrón de dudas se precipita sobre el ambiente, que llevará a pedir consejo al experto Técnico Jurídico, antes del alba.

Eduardo pide, a modo de votación, que cada sección se posicione sobre el tema.

Ferrán repite que no considera el tema, ni digno de debate en Paritaria.

Isabel Cortés repite que las normas son claras al respecto, tanto Convenio como EBEP, y un impreso interno no puede estar por encima de eso.

Etienne le recrimina que en el EBEP “pone muchas cosas”, y alega que el documento presta a confusión, por lo tanto, mientras no se modifique, hay que asumir lo que pone.

Isabel Cortés incide en que pone “en activo”, pero puede entenderse también al conjunto de la Administración Pública, cosa que la nombrada a ocupar la nueva plaza cumple.

Jessica Estela opina que revocar el procedimiento supondría un agravio comparativo con los anteriores casos, y también apoya la retirada de esa calificación en el impreso, sin más consecuencias.

José Martínez considera que la trabajadora afectada tiene derecho a reclamar, “porque lo pone ahí”.

Eduardo interpreta que, si todos tenemos claro que el espíritu del concurso de traslados  es que un trabajador en excedencia pueda participar en él durante su reserva de puesto, insiste en que se subsane el error en el documento, y ya está.

Animados los presentes a seguir la reunión con otros temas, se habla sobre el escrito presentado por los miembros del CE (creo que todos) a la empresa a raíz de los cierres de instalaciones recientes, la escasez de personal para atender las IIDD este verano, la falta de respuesta de Ayuntamiento sobre el proceso selectivo de una nueva bolsa de Trabajo Temporal de Auxiliares de Servicio, con la imposibilidad material de realizar contrataciones por motivos burocráticos, y otros desastres que se nos avecinan en este periodo, sin llegar a ninguna conclusión concreta que le ponga solución.

El presente texto refleja lo que los representantes de CGT en la Fundación Deportiva Municipal de Valencia han interpretado de dicha reunión. Por lo tanto, se ofrece la posibilidad de, en caso de que alguna intervención alguien no la considere correcta, nos lo haga saber inmediatamente a  cgtfdmvalencia@gmail.com  para su valoración y rectificación, en su caso.



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