martes, 5 de marzo de 2013


PROPUESTA DE CGT SOBRE ESTABILIDAD EN EL EMPLEO Y PROMOCIÓN

Con fecha  5/2/13 se elaboró un informe de la situación de la FDM elaborado por  la Dirección Gerencia donde se realizaba una evaluación del estado en que se encuentran todos los puestos de la plantilla de la FDM, así como una valoración en particular del personal fijo de plantilla en FSC de cara a una consolidación de éste.
            En base a este informe, se proponen una serie de actuaciones de consolidación de empleo mediante promoción interna de un número sin definir, que oscilaría entre 15-19 puestos de trabajo, de los cuales 14 corresponden al personal de oficinas.
            Además, en este informe se especifica qué tipo de prueba se propone para cada puesto de trabajo susceptible de consolidación.
            De todas estas actuaciones que se detallan por orden cronológico, la última es la provisión definitiva de la plaza de Ayudante de mantenimiento nº 81  la única que, mediante la negociación de la RPT 2013 llevada a cabo por el Comité de Empresa y la Empresa, se acordó fruto de la reconversión de una plaza de encargado de la instalación de Fuensanta y cuya provisión mediante el sistema que se acordara, iba a ser para principios de año (2013).
            Cabe destacar que, de todas las plazas susceptibles de consolidación, ésta es la única que actualmente no está ocupada, lo que determina más si cabe la urgencia de su provisión.
            CGT es partidaria  y defensora tanto de la promoción del personal como del empleo estable y por tanto consideramos que un proceso de consolidación del empleo debe respetar igualmente  los principios de igualdad, mérito y capacidad para que la consolidación de unos no limite el derecho a la promoción de los demás.
No obstante lo expresado, creemos que la propuesta más adecuada y por tanto, que planteamos como sección sindical es la siguiente:
  Dotar de forma inmediata mediante concurso de traslados, tal y como se recoge en los artículos 45 y 46.1 del convenio, la plaza de Ayudante de Mantenimiento, tal y como se acordó.
Iniciar un proceso de promoción interna de la categoría de encargados con las vacantes que existan y deban dotarse definitivamente.
En todo caso, la realización de procesos de promoción de cualquier tipo debe significar también la consolidación del puesto  por el procedimiento del artículo 38.3 del convenio de todos y cada uno de los puestos de auxiliares de servicio que sean  resultas o queden vacantes como consecuencia de la promoción de otros compañeros.
Como último punto, y dado que el propio informe reconoce en su punto 2.1 que la naturaleza de prácticamente todos los puestos de oficinas han sido ocupados de “manera discrecional”, recordamos que en el artículo 49.5 del convenio ya se recoge que: “En ningún caso, el hecho de haber realizado trabajos de superior categoría dará derechos para consolidar la misma, ni será tenido en cuenta en las bases para el concurso de promoción interna.”

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